Multas por exceso de velocidad en 2026: cuánto pagas y cuántos puntos te quitan

Las multas por exceso de velocidad en 2026 siguen un sistema escalonado: cuanto mayor es la velocidad respecto al límite permitido, mayor es la sanción económica y, a partir de determinados niveles, también aumenta la pérdida de puntos del permiso de conducir.

La cuantía puede ir desde 100 hasta 600 euros, mientras que la pérdida de puntos oscila entre 2 y 6 puntos. La sanción concreta no depende únicamente de cuántos kilómetros por hora se supere el límite, sino también de cuál sea ese límite.

La tabla oficial de la Dirección General de Tráfico (DGT) permite comprobar exactamente en qué tramo se encuentra cada exceso.

¿Cuánto cuesta una multa por exceso de velocidad en 2026?

El sistema contempla cinco escalones principales:

Exceso según el límite de la vía Multa Puntos
Primer tramo de infracción 100 € 0
Segundo tramo 300 € 2
Tercer tramo 400 € 4
Cuarto tramo 500 € 6
Exceso más elevado 600 € 6

La DGT establece sanciones de entre 100 y 600 euros y pérdida de entre 2 y 6 puntos en función de la gravedad.

Por tanto, no existe una cantidad fija de euros por cada km/h que se supere el límite. La legislación utiliza intervalos de velocidad.

Tabla de multas por exceso de velocidad en 2026

Esta es la tabla oficial de referencia de la DGT:

Límite 100 € 300 € + 2 puntos 400 € + 4 puntos 500 € + 6 puntos 600 € + 6 puntos
20 km/h 21-40 41-50 51-60 61-70 +70
30 km/h 31-50 51-60 61-70 71-80 +80
40 km/h 41-60 61-70 71-80 81-90 +90
50 km/h 51-70 71-80 81-90 91-100 +100
60 km/h 61-90 91-110 111-120 121-130 +130
70 km/h 71-100 101-120 121-130 131-140 +140
80 km/h 81-110 111-130 131-140 141-150 +150
90 km/h 91-120 121-140 141-150 151-160 +160
100 km/h 101-130 131-150 151-160 161-170 +170
110 km/h 111-140 141-160 161-170 171-180 +180
120 km/h 121-150 151-170 171-180 181-190 +190

La tabla procede del cuadro oficial de sanciones y puntos por exceso de velocidad.

Un ejemplo con el límite de 120 km/h

En una autopista o autovía cuyo límite sea de 120 km/h:

  • Circular entre 121 y 150 km/h supone 100 euros y no resta puntos.
  • Entre 151 y 170 km/h: 300 euros y 2 puntos.
  • Entre 171 y 180 km/h: 400 euros y 4 puntos.
  • Entre 181 y 190 km/h: 500 euros y 6 puntos.
  • A partir de 191 km/h: 600 euros y 6 puntos.

Por tanto, circular a 150 km/h y hacerlo a 151 km/h no tiene las mismas consecuencias administrativas: se pasa al siguiente tramo de sanción.

¿Cuántos puntos te quitan por exceso de velocidad?

La pérdida de puntos puede ser de 2, 4 o 6 puntos.

La normativa establece que el exceso de velocidad se sanciona de acuerdo con el cuadro específico del anexo IV de la Ley sobre Tráfico.

Multa de 100 euros

Es el primer nivel de exceso de velocidad.

En este tramo la infracción es grave, pero no implica pérdida de puntos.

Por ejemplo, con un límite de 50 km/h, circular entre 51 y 70 km/h se encuentra dentro del primer tramo sancionador.

Multa de 300 euros y 2 puntos

Cuando el exceso entra en el segundo nivel, la sanción asciende a 300 euros y se detraen 2 puntos.

Con un límite de 120 km/h, por ejemplo, corresponde a velocidades de 151 a 170 km/h.

Multa de 400 euros y 4 puntos

El tercer nivel supone 400 euros y 4 puntos.

En una vía limitada a 120 km/h, se aplica entre 171 y 180 km/h.

Multa de 500 euros y 6 puntos

En el cuarto escalón ya se alcanzan 6 puntos de detracción.

Con un límite de 120 km/h, corresponde a velocidades de 181 a 190 km/h.

Multa de 600 euros y 6 puntos

Es el máximo del cuadro administrativo ordinario.

En una vía limitada a 120 km/h se aplica desde 191 km/h.

¿Te pueden quitar todos los puntos por exceso de velocidad?

Existe una circunstancia especialmente importante.

La DGT señala que, en determinadas infracciones muy graves, es posible perder en un solo día todos los puntos del permiso. Entre ellas se encuentra sobrepasar en más del 50 % la velocidad autorizada, en los términos establecidos por la normativa.

Esto no debe confundirse con la tabla habitual de multas por exceso de velocidad. El cuadro administrativo asigna hasta 6 puntos a una infracción concreta, mientras que determinadas circunstancias pueden tener consecuencias adicionales.

¿Cuándo el exceso de velocidad puede convertirse en delito?

Hay que diferenciar claramente una multa administrativa de un delito contra la seguridad vial.

El artículo 379.1 del Código Penal establece consecuencias penales cuando se conduce un vehículo a motor o ciclomotor a una velocidad superior en 60 km/h en vía urbana o en 80 km/h en vía interurbana respecto de la permitida.

Por ejemplo:

  • Límite de 30 km/h en ciudad → el supuesto penal se alcanza al superar 90 km/h.
  • Límite de 50 km/h en ciudad → al superar 110 km/h.
  • Límite de 90 km/h en carretera → al superar 170 km/h.
  • Límite de 120 km/h en autopista → al superar 200 km/h.

Estas cifras deben entenderse como referencia respecto al límite permitido y no como una simple ampliación de la tabla administrativa.

La DGT confirmó en agosto de 2026 que durante una campaña de vigilancia de velocidad 19 conductores fueron puestos a disposición judicial por exceder en más de 80 km/h la velocidad permitida.

¿Existe una multa por cada km/h de más?

No.

Esta es una de las dudas más habituales cuando se busca información sobre multas por exceso de velocidad.

La legislación no establece, por ejemplo, que cada kilómetro por hora adicional tenga un precio concreto.

Lo que existe es una tabla de tramos.

Eso significa que dos conductores que circulen a velocidades diferentes pueden recibir exactamente la misma sanción si ambas velocidades están dentro del mismo intervalo.

Por ejemplo, en una vía limitada a 100 km/h:

  • 101 km/h → 100 €.
  • 110 km/h → 100 €.
  • 120 km/h → 100 €.
  • 130 km/h → 100 €.
  • 131 km/h → 300 € y 2 puntos.

La diferencia entre 130 y 131 km/h puede cambiar el tramo sancionador.

¿Qué ocurre si el límite es de 50 km/h?

En una vía limitada a 50 km/h, la tabla queda así:

Velocidad registrada Sanción
51-70 km/h 100 €
71-80 km/h 300 € + 2 puntos
81-90 km/h 400 € + 4 puntos
91-100 km/h 500 € + 6 puntos
Más de 100 km/h 600 € + 6 puntos

Por ejemplo, circular a 70 km/h en una vía limitada a 50 se encuentra todavía en el primer tramo, mientras que hacerlo a 71 km/h entra en el segundo.

¿Y si el límite es de 30 km/h?

Con un límite de 30 km/h, muy habitual en determinadas calles urbanas, los intervalos son:

  • 31-50 km/h → 100 €.
  • 51-60 km/h → 300 € y 2 puntos.
  • 61-70 km/h → 400 € y 4 puntos.
  • 71-80 km/h → 500 € y 6 puntos.
  • Más de 80 km/h → 600 € y 6 puntos.

Además, los excesos especialmente elevados pueden entrar en el ámbito penal dependiendo de la velocidad alcanzada y de las circunstancias.

¿Se aplica descuento por pronto pago?

Sí.

Las sanciones de tráfico que cumplen los requisitos establecidos pueden beneficiarse de una reducción del 50 % si se abonan durante el periodo voluntario correspondiente.

Esto significa que una multa de 100 euros puede quedar en 50 euros si se paga con la reducción aplicable.

La reducción tiene una contrapartida importante: el pago voluntario con reducción implica renunciar a formular alegaciones en los términos establecidos para ese procedimiento.

Por eso conviene revisar siempre la notificación concreta antes de pagar.

¿Cómo saber cuántos puntos tienes?

La DGT permite consultar el saldo de puntos del permiso de conducir a través de sus servicios digitales.

La información es especialmente importante cuando una infracción por velocidad implica una detracción de 2, 4 o 6 puntos.

La DGT recuerda que, como regla general, no se pueden perder más de 8 puntos en un solo día, aunque existen excepciones para determinadas infracciones muy graves.

¿A partir de qué exceso te quitan puntos?

No existe una cifra única válida para todas las carreteras.

Depende del límite de velocidad.

Por ejemplo:

Límite Primer exceso que resta puntos
20 km/h 41 km/h
30 km/h 51 km/h
40 km/h 61 km/h
50 km/h 71 km/h
60 km/h 91 km/h
70 km/h 101 km/h
80 km/h 111 km/h
90 km/h 121 km/h
100 km/h 131 km/h
110 km/h 141 km/h
120 km/h 151 km/h

La razón es que el sistema establece los tramos en función de la velocidad máxima permitida en cada vía.

¿Los radares multan desde el primer km/h?

La cuestión debe diferenciar entre la velocidad realmente registrada y la velocidad que finalmente se utiliza a efectos sancionadores.

Los controles de velocidad están sujetos a requisitos técnicos y metrológicos, por lo que no debe interpretarse la tabla como que cualquier pequeña diferencia entre el límite y una lectura del radar produce automáticamente una denuncia.

Además, el cuadro de sanciones de la DGT está expresado con velocidades concretas de referencia.

Por eso, ante una denuncia real, lo relevante es revisar la velocidad que figura en el expediente, el límite aplicable, el dispositivo utilizado y los datos de la notificación.

¿Qué pasa si supero el límite en una carretera convencional?

El límite general de la carretera no cambia la estructura básica de la tabla: la sanción se determina tomando como referencia el límite concreto de la vía.

En 2026, además, la DGT continúa realizando campañas específicas de vigilancia de velocidad.

En la campaña desarrollada del 3 al 9 de agosto de 2026 fueron controlados 1.037.333 vehículos y se formularon 69.231 denuncias, según la propia DGT.

La misma campaña registró 28.599 denuncias en carreteras convencionales y 38.303 en autopistas y autovías.

Preguntas frecuentes sobre las multas por exceso de velocidad en 2026

¿Cuál es la multa mínima por exceso de velocidad?

La sanción económica mínima contemplada en el cuadro es de 100 euros y no implica pérdida de puntos en el primer tramo.

¿Cuál es la multa máxima?

El máximo del cuadro administrativo por exceso de velocidad es de 600 euros y 6 puntos.

¿Cuántos puntos quitan por exceso de velocidad?

Dependiendo de la gravedad, se pueden perder 2, 4 o 6 puntos. El primer tramo, correspondiente a 100 euros, no resta puntos.

¿A qué velocidad empiezan a quitar puntos?

Depende del límite de la vía. Por ejemplo, en una carretera limitada a 120 km/h empiezan a quitarse puntos a partir de 151 km/h dentro del cuadro sancionador.

¿Cuánto cuesta una multa por ir a 150 km/h en una vía de 120?

Según el cuadro de la DGT, 150 km/h corresponde al primer tramo: 100 euros y 0 puntos.

¿Y a 160 km/h en una vía de 120?

A 160 km/h corresponde una sanción de 300 euros y 2 puntos.

¿Qué pasa si voy a 180 km/h donde el límite es 120?

La tabla establece 400 euros y 4 puntos para ese tramo.

¿Qué ocurre a 190 km/h en una autopista limitada a 120?

Corresponde al tramo de 500 euros y 6 puntos.

¿Y a 200 km/h?

A 200 km/h se supera en 80 km/h un límite de 120 km/h. El supuesto puede tener relevancia penal conforme al artículo 379.1 del Código Penal, por lo que no debe analizarse únicamente como una multa administrativa.

Conclusión

Las multas por exceso de velocidad en 2026 no se calculan cobrando una cantidad fija por cada kilómetro por hora de más. La normativa establece diferentes tramos en función del límite de la vía y de la velocidad registrada.

La sanción administrativa puede ser de 100, 300, 400, 500 o 600 euros, mientras que la pérdida de puntos puede ser de 0, 2, 4 o 6 puntos.

La clave está, por tanto, en conocer el límite concreto de la carretera. Una misma velocidad puede suponer una sanción diferente dependiendo de si la vía está limitada a 30, 50, 90, 100 o 120 km/h.

Y cuando el exceso alcanza determinados niveles, la cuestión deja de ser exclusivamente administrativa y puede entrar en el ámbito penal. Por eso, ante una denuncia concreta, conviene consultar siempre la velocidad que consta en el expediente y el límite aplicable a ese punto de la vía.

Consulta oficial de multas y sanciones de la DGT

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